Micelio

Artículo 1

Decreto 281 de 1898 · Sobre personal de los buques de guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Restablécese en sus puestos á los segundos Ingenieros de las Cañoneras La Popa y Boyacá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 281 de 1898