Micelio

Artículo 2

Ley 64 de 1888 · de créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo 2° Para sueldo de los Secretario del Consejo Nacional Legislativo en las presentes sesiones extraordinarias a razón de doscientos cincuenta pesos cada uno, hasta mil pesos $ 1,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 64 de 1888