º Los organismos y entidades de que trata este Decreto conformarán un grupo de vehículos para atender las necesidades ocasionales e indispensables del servicio de los funcionarios no comprendidos en la enumeración de los artículos 5º y 6º. Los empleados oficiales que tengan asignados vehículos y no estén incluidos en esa enumeración, los entregarán para la conformación del grupo automotor. El número de vehículos que integrarán los grupos automotores se determinará en cada caso por la Secretaría General de la Presidencia de la República, de conformidad con los requerimientos de los organismos y entidades y los propósitos de austeridad de este Decreto.
Decreto 750 de 1984 →Vigente
Artículo 8
Los Organismos Y Entidades De Que Trata Este Decreto Conformarán Un Grupo De Vehículos Para Atender Las Necesidades Ocasionales E Indispensables Del Servicio De Los Funcionarios No Comprendidos En La Enumeración De Los Artículos 5º Y 6º
Decreto 750 de 1984 · Por el cual se dictan normas sobre austeridad en los gastos públicos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.