Micelio

Artículo 5

Decreto 851 de 2003 · por el cual se conforma un Comité de Enlace entre el Sector Público y el Sector Privado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Asuntos para estudio del Comité. El siguiente marco conceptual determinará el contenido de los asuntos que deberán ser estudiadas por el Comité. 5.1. Revisión del marco regulatorio y de inspección y vigilancia. 5.2. Identificación de trámites, normas o actuaciones que no agregan valor alguno y dificultan la inversión y la actividad empresarial. 5.3. Generación de un entorno más competitivo y dinámico para el sector privado y para mejorar la calidad de la gestión y del gasto público. 5.4. Elaboración de iniciativas innovadoras en cuanto a las políticas de reubicación, reinserción laboral y capacitación profesional. 5.5. Identificación de los procedimientos que agilicen y faciliten el cumplimiento de las obligaciones legales.

Parágrafo

Los representantes del sector público y del sector privado se encargarán de seleccionar los temas críticos dentro del presente marco de acción, y los presentarán al Comité de Enlace a través de sus respectivos representantes. No se abordará en el Comité el estudio de casos particulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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