ARTICULO 4o. En cumplimiento de las funciones PROSOCIAL adelantará un programa general de reestructuración administrativa y de personal, tendiente a ajustarla a las necesidades de su objeto social, para lo cual el Consejo Directivo establecerá la organización administrativa, el ajuste de la planta de personal, supresión, modificación y fusión de los cargos y dependencias que sean necesarias, en un término no superior a un (1) año contado a partir de la vigencia del presente Decreto, de acuerdo con las normas legales vigentes.
Decreto 2146 de 1992 →Vigente
Artículo 4
O
Decreto 2146 de 1992 · por el cual se reestructura la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, PROSOCIAL.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.