º Para que la Oficina de Registro de Cambios autorice el reembolso de los giros correspondientes a cargamentos en los cuales la liquidación de los derechos arancelarios no se realizó conforme a lo dispuesto en los Decretos 1418 y 1419 de 1959, los importadores deberán presentar, cancelado, un "Comprobante de Rentas por Cobrar" producido en la respectiva Aduana por la suma dejada de pagar en la liquidación inicial de los derechos.
Artículo 1
Para Que La Oficina De Registro De Cambios Autorice El Reembolso De Los Giros Correspondientes A Cargamentos En Los Cuales La Liquidación De Los Derechos Arancelarios No Se Realizó Conforme A Lo Dispuesto En Los Decretos 1418 Y 1419 De 1959, Los Importadores Deberán Presentar, Cancelado, Un "comprobante De Rentas Por Cobrar" Producido En La Respectiva Aduana Por La Suma Dejada De Pagar En La Liquidación Inicial De Los Derechos
Decreto 2650 de 1959 · Por el cual se señala el procedimiento para la reliquidación de los gravámenes ad valórem del Arancel Aduanero
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.