Responsabilidades e incompatibilidades : Los miembros de la Junta Directiva y el Director no podrán durante el ejercicio de sus funciones, ni dentro del año siguiente a su retiro, prestar sus servicios profesionales al Club, ni hacer por sí ni por interpuesta persona contrato alguno con el mismo ni gestionar ante él negocios propios o ajenos, salvo cuando contra ellos se entablen acciones por dicha Entidad o se trate del cobro de prestaciones y salarios propios. Tampoco podrán intervenir, por ningún motivo y en ningún tiempo, en negocios que hubieren conocido o adelantado durante el desempeño de sus funciones y por razón de su cargo.
Quienes como funcionarios o miembros de la Junta Directiva admitieren la intervención de cualquier persona afectada por las incompatibilidades aquí consagradas, incurrirán en causal de mala conducta y serán sancionados de acuerdo con la ley.
No quedan cobijados por las incompatibilidades de que trate el presente artículo, el uso que se haga de los bienes o servicios que la Entidad ofrezca al público bajo condiciones comunes a todos los que los soliciten.