Micelio

Artículo 33

La Interposición De Un Recurso De La Resolución De Cualquiera De Los Paises Concurrentes A La Totalización, Dejará En Suspenso La Ejecución De Las Demás, Hasta Cuando Dicho Recurso Fuere Resuelto De Manera Definitiva, A Menos Que Los Interesados Optaren Por Una De Las Alternativas Señaladas En El Artículo 37, Literales B) Y C)

Decreto 223 de 1981 · Por el cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional el reglamento del instrumento andino de seguridad social.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La interposición de un recurso de la resolución de cualquiera de los paises concurrentes a la totalización, dejará en suspenso la ejecución de las demás, hasta cuando dicho recurso fuere resuelto de manera definitiva, a menos que los interesados optaren por una de las alternativas señaladas en el artículo 37, literales b) y c).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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