Procedimiento para la expedición de certificado de cumplimiento de requisitos de transporte público de pasajeros - CREIPASAJEROS. Para la expedición del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte público de pasajeros - CREIPASAJEROS establecido en el numeral 4 del artículo 477 del Estatuto Tributario, se deberá atender el procedimiento que se indica a continuación:
El interesado deberá registrar la solicitud a través del sistema RUNT, https:// www.runt.com.co/ o el que se habilite para tal fin.
El Sistema RUNT realiza las validaciones de las condiciones de entrada requeridas para la procedencia de la exención del impuesto sobre las ventas -IVA, CREIPASAJEROS, contenidas en el artículo anterior y las siguientes validaciones:
Especificaciones del vehículo a desintegrar y cuya matrícula se deberá cancelar: placa, clase, marca, modelo, número de motor, número de chasis y/o VIN, modalidad de servicio, nivel de servicio y el titular o titulares del derecho de dominio.
Tipo, número de documento de identificación dirección y nombre del propietario o propietarios del vehículo objeto de reposición, que en todo caso deberá corresponder al propietario o propietarios del vehículo a desintegrar.
El propietario del vehículo objeto de reposición deberá proceder a la desintegración física total del mismo en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte. La entidad registrará en el sistema RUNT el respectivo certificado de desintegración física total.
El interesado deberá cancelar, ante el correspondiente Organismo de Tránsito, la matrícula de un vehículo de servicio de transporte público de pasajeros de su propiedad, por desintegración física total.
Una vez que el Sistema RUNT valide que el vehículo a reponer cuenta con certificado de desintegración física total para la reposición y que tiene matrícula cancelada procederá a la expedición electrónica del PRECREI con la información del vehículo desintegrado, la cual será de carácter informativo, para que el solicitante pueda escoger su nuevo vehículo, que en todo caso debe corresponder con las características del vehículo desintegrado.
Mediante certificación emitida por el vendedor, una vez identificado el vehículo que se va a entregar, el solicitante deberá cargar el número de identificación del vehículo nuevo (VIN) previsto en la certificación en el Sistema RUNT, y este último validará las especificaciones y características del mismo; en todo caso, debe corresponder al mismo grupo y servicio del automotor que se desintegra y para prestar el servicio en la misma modalidad, excepto para los vehículos de pasajeros que ingresen por reposición a los Sistemas Estratégicos de Servicio Público, cuando los estudios técnicos realizados para su implementación, definan y exijan una tipología vehicular diferente a la de los automotores vinculados al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano, Distrital y Municipal de Pasajeros que deben ser retirados del servicio y sometidos al proceso de desintegración física total y a la cancelación de la matrícula. En este caso se deberá registrar en el sistema RUNT certificación del ente gestor del respectivo sistema de transporte que acredite el cambio de tipología.
El propietario deberá cancelar el valor de la tarifa RUNT que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1005 de 2006, o la norma que la modifique, adicione o sustituya; tarifa que podrá ser modificada o actualizada de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para las tarifas RUNT.
A través del RUNT se genera el CREIPASAJEROS, para el registro inicial del vehículo nuevo en reposición con exención del impuesto sobre las ventas - IVA, dentro de los 8 días hábiles siguientes al pago de la tarifa.
Conforme con las disposiciones consagradas en el Decreto número 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte, el presente procedimiento será aplicable a las modalidades de servicio público de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros de radio de acción municipal, distrital o metropolitano, servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi, servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera, servicio público de transporte terrestre automotor mixto y al servicio público de transporte terrestre automotor especial, toda vez que dichos servicios corresponden a las modalidades que se prestan bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente constituida y debidamente habilitada, a través de un contrato celebrado entre la empresa y cada una de las personas que han de utilizar el vehículo de servicio público a ellas vinculado.
Para efectos de control del beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte público de pasajeros - CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehículo nuevo en reposición con exención del impuesto sobre las ventas -IVA, deberá expedirse para la compra de un vehículo de transporte público de pasajeros completo nuevo. Igualmente, deberá expedirse en aquellos eventos en que individualmente se adquiera o importe un chasis con motor y su carrocería para conformar un vehículo completo nuevo.
Cuando se adquiera en forma independiente el chasis con motor y la carrocería, el organismo de tránsito deberá verificar al momento de la matrícula que se trata de un vehículo completo que corresponda a las mismas características de chasis y carrocería sobre los cuales se expidió la Certificación de cumplimiento de requisitos de transporte público de pasajeros - CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehículo nuevo en reposición con exención del impuesto sobre las ventas -IVA, o de lo contrario se negará la matrícula, sin perjuicio de las demás acciones y sanciones a que haya lugar.
Si la adquisición es a través de arrendamiento financiero - leasing, el sistema RUNT permite el cargue de la información correspondiente de la entidad financiera como propietario, y del beneficiario de la exención al locatario, y relacionará por lo menos la siguiente información: número de identificación del propietario del vehículo desintegrado, razón social de la entidad financiera y plazo para ejercer la opción de compra de leasing financiero.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 1.3.1.10.7.Contenido del CREI. La Certificación de Cumplimiento de Requisitos para el Registro Inicial de vehículo nuevo en reposición con exclusión de IVA, deberá contener como mínimo la siguiente información:
Nombre, tipo y número de identificación del beneficiario.
Domicilio, dirección y teléfono del beneficiario.
Número de la placa, clase, marca, modelo, número de motor, número de chasís, VIN, cuando aplique, capacidad, modalidad de servicio, radio de acción y nivel de servicio del vehículo objeto de Desintegración Física Total.
Clase, marca, modelo, número de motor, número de chasís, VIN, capacidad, modalidad de servicio, radio de acción y nivel de servicio número(s) de Ficha(s) Técnica(s) de Homologación del vehículo que ingresa en reposición del vehículo objeto de desintegración física total.
(Artículo 4°, Decreto 0248 de 2015)
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