Micelio

Artículo 1

Decreto 445 de 1878 · Por el cual se crea en la Tesorería general una Sección de Bienes desamortizados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Establécese en la Tesorería jeneral de la Union i con dependencia de esta oficina, una Seccion especialmente encargada del cuidado del archivo de Bienes desamortizados, compuesta de un Oficial, Jefe, un Escribiente i un Portero-escribiente, con los sueldos de novecientos sesenta pesos ($ 960) anuales, cuatrocientos ochenta pesos ($ 480) anuales i doscientos cuarenta pesos ($ 240) anuales, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 445 de 1878