Son funciones de la División Legal
Absolver consultas sobre la interpretación y aplicación de las leyes y reglamentos de aduana.
Resolver por delegación expresa del Director General, conforme a los procedimientos vigentes, los recursos que ante éste se interpongan, salvo las reclamaciones por aforo y valor de mercancías, que son revisables ante la Junta General de Aduanas.
Resolver por delegación expresa del Director General lo relativo a la constitución y cancelación de las licencias para ejercer las funciones de Agentes de Aduana, así como las de los transportadores de mercancías sin nacionalizar y transportadores de café.
Conocer de la cancelación y efectividad de las finanzas constituidas en las aduanas.
Resolver sobre las importaciones temporales y el traslado de mercancías sin nacionalizar.
Reconocer las exenciones de derechos aduaneros de conformidad con las leyes, decretos, tratados y contratos sobre el particular. Las resoluciones que en tal virtud se dicten, serán publicadas mensualmente, junto con los cuadros estadísticos que muestren el valor de las mercancías exentas, el de los derechos de cuyo pago se exime y la lista de los importadores beneficiados, de acuerdo con los reglamentos que dicte el Gobierno.
Asesorar al Ministerio Público en los juicios en que sea parte la Dirección General de Aduanas.
La División Legal de la Dirección General de Aduanas coordinará sus actividades y decisiones con las Divisiones o Secciones Jurídicas de las restantes Direcciones Generales del Ministerio, a través de la Oficina Jurídica de éste. Además, la Oficina Jurídica podrá intervenir en los negocios y actuaciones de la División Legal de la Dirección General de Aduanas, en guarda de la necesaria unidad de criterio en la interpretación y aplicación de las normas legales.