º Para los efectos de este Decreto se entiende por rendimientos financieros de los bonos, además de la tasa de interés reconocida, toda remuneración que tenga derecho a recibir el tenedor del bono, originada en la suscripción del mismo, cualquiera que sea su denominación.
Decreto 295 de 1988 →Vigente
Artículo 3
º Para Los Efectos De Este Decreto Se Entiende Por Rendimientos Financieros De Los Bonos, Además De La Tasa De Interés Reconocida, Toda Remuneración Que Tenga Derecho A Recibir El Tenedor Del Bono, Originada En La Suscripción Del Mismo, Cualquiera Que Sea Su Denominación
Decreto 295 de 1988 · Por el cual se modifican los Decretos 2700 de 1984 y 2124 de 1987
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.