Micelio

Artículo 51

Entes De Formación Y Desarrollo Del Recurso Humano En El Área De La Salud

Ley 352 de 1997 · LEY 352 DE 1997, 17/01/1997, por la cual se reestructura el Sistema de Salud y se dictan otras disposiciones en materia de Seguridad Social para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los entes de formación y desarrollo del recurso humano serán:

a)

La facultad de medicina de la Universidad Militar "Nueva Granada";

b)

Escuelas de auxiliares de enfermería;

c)

Escuelas de formación y capacitación de oficiales, Suboficiales y Nivel Ejecutivo de cada Fuerza, en el área de la salud;

d)

Otras instituciones de formación y capacitación en salud en el país o en el exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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