Liquidación consumos áreas comunes conjuntos habitacionales. El consumo total de las áreas comunes de los conjuntos habitacionales se liquidarán de la siguiente manera: Para los conjuntos clasificados en los estratos Bajo-Bajo y Bajo, el consumo total se facturará con la tarifa del rango de consumo de subsistencia; los ubicados en los estratos Medio-Bajo y Medio, con la tarifa de rango de consumo básico y los ubicados en los estratos Medio-Alto y Alto, con la tarifa del rango del consumo intermedio. A solicitud expresa de la mayoría absoluta de los propietarios del conjunto habitacional, la entidad podrá facturar directamente a cada usuario la parte proporcional del consumo de las áreas comunes, aplicando los coeficientes de copropiedad establecidos en el respectivo régimen de propiedad horizontal. La liquidación se hará con base en la tarifa correspondiente a las áreas comunes, o conforme al siguiente procedimiento: el consumo total de las áreas comunes se divide por el número de núcleos familiares y locales independientes existentes y al resultado se le suma al consumo de cada núcleo familiar o local, el cual se liquida con las tarifas correspondientes al tipo de servicio.
No habrá cargo fijo ni tarifa de conexión para las áreas comunes.