Micelio

Artículo 2

De La Integración

Decreto 567 de 1998 · por el cual se crea una Comisión Interinstitucional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. De la integración . La comisión de que trata el artículo anterior, estará integrada de la siguiente manera: – El Viceministro de Justicia y del Derecho, quien la presidirá. – El Director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC. – El Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Justicia y del Derecho. – Un asesor del Ministerio de Justicia y del Derecho. – El Subdirector de Construcciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, quien cumplirá las funciones de secretaría técnica. – El Jefe de la Oficina Planeación del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC. – El Jefe de la Unidad de Justicia del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. – Un delegado de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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