º Para dar cumplimiento a la anterior disposición, las partidas incluidas en el presupuesto de la Policía por este concepto, se girarán a la Caja de Protección Social de la Policía Nacional.
Los afiliados a la Caja de Protección Social, no pertenecientes a la Policía Nacional, continuarán recibiendo la asistencia médica de la Sección de Sanidad de la Policía Nacional, y los gastos por concepto de asistencia quirúrgica, odontológica, hospitalaria, farmacéutica y auxilio de maternidad, se continuarán pagando por las entidades a que pertenezca el afiliado.