°. Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General, las siguientes: 3.1 Elaborar, en coordinación con las diferentes dependencias, el anteproyecto anual de inversión y de funcionamiento, de acuerdo con las normas legales pertinentes. 3.2 Asesorar al rector en los aspectos jurídicos relacionados con el instituto. 3.3 Velar por la seguridad jurídica de los actos administrativos que se expidan por el instituto. 3.4 Elaborar el proyecto del Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, y planear y dirigir la ejecución, contabilización y rendición de informes fiscales de auditoría, presupuestales y contables del Instituto. 3.5 Conocer y fallar en primera y única instancia, los procesos administrativos disciplinarios que se adelanten contra funcionarios del Instituto. 3.6 Recopilar, analizar, evaluar y consolidar la información estadística sobre las actividades del Instituto. 3.7 Dirigir y coordinar la elaboración de estudios y la implementación de procesos de informática. 3.8 Asesorar a la Rectoría en la elaboración del plan indicativo y plan de acción y proponer mecanismos para el seguimiento y evaluación de su ejecución. 3.9 Organizar, programar y coordinar los procesos administrativos, proponer ajustes a la organización y elaborar y mantener actualizados los manuales de funciones y procedimientos. 3.10 Diseñar y establecer, en coordinación con las diferentes dependencias, los criterios, métodos, procedimientos e indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gestión y proponer medidas preventivas y correctivas del caso. 3.11 Dirigir y organizar los procesos de registro, ejecución, contabilización y rendición de informes fiscales, auditoría, presupuestales y contables del instituto. 3.12 Efectuar la notificación de los actos administrativos expedidos por el representante legal del instituto y velar por la seguridad jurídica de los mismos. 3.13 Conservar y actualizar los títulos de los bienes inmuebles propiedad del Instituto. 3.14 Dirigir y organizar los procesos de atención al ciudadano quejas y reclamos. 3.15 Elaborar y ejecutar el plan de compras del instituto y los actos administrativos que se deriven de la contratación, revisar los pliegos de condiciones, términos de referencia y las pólizas de garantía impartiendo las aprobaciones pertinentes. 3.16 Dirigir y coordinar los procesos en admisiones y registro, matrículas, asiento de notas, elaboración de certificados, diplomas, actas de grado y firmar los distintos documentos tanto de estudiantes nuevos como antiguos. 3.17 Coordinar y programar las actividades de personal, seguridad industrial y relaciones laborales del personal, teniendo en cuenta las políticas y demás normas legales vigentes establecidas sobre la materia. 3.18 Planear, administrar, coordinar los procesos de archivo y correspondencia, recursos físicos e instalaciones de la institución y velar por su conservación y seguridad. 3.19 Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 1095 de 2004 →Vigente
Artículo 3
Secretaría General
Decreto 1095 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Andrés y Providencia y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.