Micelio

Artículo 2009

Conservación De La Personería

Decreto 410 de 1971 · POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El quebrado conservará su personería para coadyuvar las acciones o las oposiciones que proponga el síndico o que se promuevan contra éste. También la conservará para su defensa en el proceso penal y para impugnar, en todo o en parte, los créditos.

La ilegitimidad de la personería de cualquiera de los acreedores o de su representante sólo dará lugar a que se anule lo actuado en la parte referente a dicho acreedor, si así lo pide él.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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