Micelio

Artículo 2

Decreto 1769 de 1959 · Por el cual se crean unas plazas de Guardianes de Cárceles y se aumentan sus asignaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Auméntase el actual personal de Guardianes, en una cantidad equivalente a ochocientas cuarenta y cuatro plazas (844), con una remuneración mensual de doscientos treinta pesos ($230.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1769 de 1959