Micelio

Artículo 4

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial

Decreto 667 de 1989 · por el cual se fijan los aportes que señala la Ley 32 de 1961 a las empresas nacionales de servicios aéreos comerciales en favor de la Caja de Auxilios Y Prestacionales del a Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, CAXDAC, en el período comprendido entre el 1° de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 667 de 1989