Micelio

Artículo 2.2.6.5.1

Ámbito De Aplicación Del Seguimiento A Proyectos De Inversión Pública

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ámbito de aplicación del seguimiento a proyectos de inversión pública. El presente capítulo aplica a todos los proyectos de inversión ejecutados por las entidades y actores que forman parte del SUIP, quienes serán los responsables del seguimiento a los proyectos de inversión. En el caso de los proyectos de inversión pública ejecutados a través de instituciones financieras, organismos de cooperación y asistencia técnica, y, en general, a través de cualquier negocio jurídico que implique que la ejecución se realice con el concurso de un tercero, el responsable del reporte de seguimiento serán la entidades o actores que forman parte del SUIP que contrata con el tercero. Para efectos del reporte de seguimiento, las entidades o actores que forman parte del SUIP deberán cumplir los lineamientos que defina el DNP en aras de generar transparencia en la ejecución de los recursos públicos asociados a proyectos de inversión pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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