Micelio

Artículo 1

Decreto 2059 de 1971 · Por el cual se crean Oficinas Seccionales de Registro en el Círculo de Ibagué, con jurisdicción en el Departamento del Tolima

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Dentro del Círculo de Registro de Ibagué, cuya jurisdicción comprende el Departamento del Tolima, créanse las oficinas Seccionales de Registro de Instrumentos Públicos con, la Circunscripción Territorial y las cabeceras que se señalan a continuación: Cabecera. Circunscripción Territorial. Armero Ambalema. Casábianca. Lérida. Líbano. Murillo. Santa Isabel. Venadillo. Villahermosa. Chaparral. Ataco. Coyaima. Planadas. Rioblanco. Espinal. Coello. Flándes. Suárez. Guamo. Ortega. Saldaña. San Luis. Honda. Fresno. Herveo. Mariquita. Fálan. Melgar. Carmen de Apicálá. Cunday. Icononzo. Villárrica. Purificación. Alpujarra. Dolores. Natagaima. Prado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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