Micelio

Artículo 7

Certificado

Ley 427 de 1998 · por la cual se reglamentan los títulos genealógicos, las exhibiciones, los espectáculos para los semovientes de razas puras del sector equino y bovino y se crean mecanismos para su protección y propagación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El certificado expedido por las entidades delegadas deberá contener los siguientes datos: raza del ejemplar, nombre, sexo, color, identificación del animal –tatuaje, fotografía, placa o diagrama según la raza, lugar y fecha de nacimiento -ciudad y país-, ascendencia, señales particulares, criador, asociación de raza pura que expide el certificado, número del registro en la respectiva asociación y fecha de expedición del certificado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 427 de 1998