El certificado expedido por las entidades delegadas deberá contener los siguientes datos: raza del ejemplar, nombre, sexo, color, identificación del animal –tatuaje, fotografía, placa o diagrama según la raza, lugar y fecha de nacimiento -ciudad y país-, ascendencia, señales particulares, criador, asociación de raza pura que expide el certificado, número del registro en la respectiva asociación y fecha de expedición del certificado.
Ley 427 de 1998 →Vigente
Artículo 7
Certificado
Ley 427 de 1998 · por la cual se reglamentan los títulos genealógicos, las exhibiciones, los espectáculos para los semovientes de razas puras del sector equino y bovino y se crean mecanismos para su protección y propagación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.