° Si la Gobernación encargare de la administración da la obra del Centro de Protección Infantil a la Empresa del Ferrocarril de Antioquia, el personal perteneciente a ésta, y que se designe para ejecutar la obra, no tendrá derecho a remuneración alguna, pagada con los fondos nacionales destinados para esta construcción.
Decreto 187 de 1939 →Vigente
Artículo 6
Si La Gobernación Encargare De La Administración Da La Obra Del Centro De Protección Infantil A La Empresa Del Ferrocarril De Antioquia, El Personal Perteneciente A Ésta, Y Que Se Designe Para Ejecutar La Obra, No Tendrá Derecho A Remuneración Alguna, Pagada Con Los Fondos Nacionales Destinados Para Esta Construcción
Decreto 187 de 1939 · Por el cual se delega la administración y construcción del Centro de Protección Infantil Marco Fidel Suárez, de bello, a la Gobernación del Departamento de Antioquia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.