Micelio

Artículo 1

Decreto 280 de 1957 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público-Deuda Pública Nacional-,y de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Gastos de Administración, Auxilios y Otros.

CAPITULO 107

Servicio de Hacienda y Catastro Nacionales.

NACIONAL

Deuda Externa.

Documentos a la Orden.

Deuda en Dólares.

Préstamo del Banco de París y los Países Bajos.

(Fomento de la Industria del Carbón).

Gastos de Administración, Auxilios y Otros.

CAPITULO 109

Aportes, Participaciones, Indemnizaciones y Devoluciones.

CAPITULO 120

Deuda Externa.

Documentos al Portador

Deuda en Libras Esterlinas.

Cédulas del Banco Agrícola Hipotecario.

Otras Amortizaciones.

Acreencias y Préstamos Diferidos.

CAPITULO 547

Bienes Inmuebles.

Administración y Sostenimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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