º Designar al Ministerio de Desarrollo Económico para que, a través del Instituto de Fomento Industrial "IFI" sea la entidad encargada de adelantar el Proyecto de Desarrollo de Pesca Costera, de que trata el canje de notas suscrito entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno del Japón el día 28 de octubre de 1982. En consecuencia, el Ministerio de Desarrollo Económico asumirá la responsabilidad de aceptar la donación y darle la destinación prevista en dicho canje de notas, a través del Instituto de Fomento Industrial "IFI", para lo cual esta última entidad podrá adelantar las siguientes gestiones y operaciones
Adquirir los siguientes productos japoneses o colombianos y servicios de nacionales japonés o colombianos necesarios para la ejecución del proyecto
Barcos de pesca polivalentes para arrastre, línea larga y redes agalleras así como equipos pesqueros;
Productos y servicios necesarios para la construcción de muebles para barcos, el espolón de piedra y la planta de refrigeración así como los vehículos, lanchas y equipos para las instalaciones y servicios necesarios para la instalación de equipos;
Servicios necesarios para el transporte de los productos citados en los literales a) y b) del presente numeral.
Celebrar los contratos indispensables para la adquisición de los productos y los servicios a que se refiere el numeral anterior.
Adelantar todas aquellas otras gestiones que sean indispensables para el debido cumplimiento e implementación del Proyecto de Desarrollo de Pesca Costera, de que trata el canje de notas suscrito entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno del Japón el día 28 de octubre de 1982, en los términos y condiciones previstas en tal documento.