Funciones de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom. Son funciones de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom, las siguientes
Proponer políticas orientadas al reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural, en particular, para los pueblos indígenas y rom.
Velar por la integridad étnica y cultural de los pueblos indígenas y rom y promover sus derechos fundamentales.
Diseñar programas de asistencia técnica, social y de apoyo a la política para las comunidades indígenas, rom y poblaciones LGTB - lesbianas, gays, transexuales y bisexuales.
Coordinar interinstitucionalmente la realización de los espacios de participación para los pueblos indígenas previstos por la ley, y promover la participación de las organizaciones y autoridades que los representen.
Apoyar al Grupo de Consulta Previa en la realización de los procesos de consulta para proyectos de desarrollo que afecten a las comunidades indígenas y rom.
Promover la resolución de conflictos de conformidad con los usos y costumbres de las comunidades indígenas y rom.
Llevar el registro de las autoridades tradicionales indígenas reconocidas por la respectiva comunidad y las asociaciones de autoridades indígenas.
Promover acciones con enfoque diferencial tanto de parte del Ministerio, como de las demás entidades del Estado orientadas a atender la población indígena y Rom.
Prestar asesoría a las gobernaciones y alcaldías municipales para la debida atención a las comunidades indígenas, al pueblo rom y a la población LGTB.
Realizar los estudios socioeconómicos para la constitución, saneamiento, ampliación y reestructuración de resguardos indígenas.
Promover en coordinación con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Incoder, la formulación de agendas ambientales conjuntas con las comunidades indígenas.
Planificar y ejecutar los procedimientos para la titulación de tierras a las comunidades indígenas y las necesarias a comunidades afectadas por desastres naturales y/o antrópicos, en coordinación con las dependencias del Ministerio y entidades involucradas en la materia.
Proponer proyectos de ley o de actos legislativos o de reformas legislativas, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Ordenamiento Jurídico, y con la Oficina de Asuntos Legislativos en la presentación, discusión y seguimiento, en materia de su competencia.
Participar en las Juntas, Comisiones, Comités y Grupos Técnicos de los cuales haga parte o por delegación del Ministro o Viceministros.
Atender las peticiones, requerimientos y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.