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Artículo 6

Los Fiscales De Circuito Tendrán Derecho Viáticos Cuando Se Ausenten De Su Sede En Ejercicio De Sus Funciones, De Acuerdo Con La Reglamentación Que Expida El Gobierno

Decreto 550 de 1970 · Por el cual se organiza el Ministerio Público en los Juzgados de Circuito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los Fiscales de Circuito tendrán derecho viáticos cuando se ausenten de su sede en ejercicio de sus funciones, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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