Micelio

Artículo 4

Decreto 3692 de 1950 · Por el cual se fija la nomenclatura del Ministerio de Agricultura y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Además de las entidades enumeradas en el artículo anterior, deberán colaborar con el Ministerio de Agricultura, todas las asociaciones cuyas actividades tengan relación con las labores agrícolas, pecuarias y forestales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3692 de 1950