Micelio

Artículo 3

Decreto 3596 de 2003 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleados públicos de la Superintendencia Bancaria de Colombia, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los empleados públicos de la Superintendencia Bancaria de Colombia, tendrán derecho al pago de una prima adicional en junio y diciembre de cada año, equivalente al valor de la asignación básica. Igualmente, tendrán derecho al pago de un auxilio educativo anual y un auxilio de alimentación mensual. El auxilio educativo será de $207.400 por cada hijo. Dicho valor se pagará una vez al año y se reajustará anualmente con el índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE el año inmediatamente anterior. El auxilio de alimentación será de $3.700 por cada día hábil efectivamente laborado y se reajustará anualmente con el índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE del año inmediatamente anterior. No se tendrá derecho a este auxilio cuando el respectivo empleado disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia o suspendido en el ejercicio de sus funciones. El auxilio de alimentación que aquí se regula es incompatible con el auxilio de alimentación de que gozan los demás empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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