Micelio

Artículo 2

Decreto 2370 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 84 de 1962

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Facúltase al Gobernador del Departamento del Valle para que en nombre y representación de la Nación, suscriba a favor del Colegio Santa Librada, de Cali, la correspondiente escritura pública de cesión de los inmuebles determinados en el artículo anterior. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2370 de 1964