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Artículo 769

Transitorio Para Los Trámites Aduaneros, Las Obligaciones E Infracciones Administrativas Con Ocasión De La Transición Normativa

Decreto 1165 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio para los trámites aduaneros, las obligaciones e infracciones administrativas con ocasión de la transición normativa . Toda obligación o trámite aduanero iniciado con ocasión de la aplicación de cualquier régimen o modalidad, en vigencia de la normatividad anterior a la fecha en que entre a regir el presente decreto, deberá adelantarse hasta su culminación, de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su inicio. Para el caso de la importación de mercancía, se entenderá que el trámite inició desde la presentación y envío de la información de los documentos de viaje y el manifiesto de carga de manera anticipada a la llegada de la mercancía al Territorio Aduanero Nacional, por parte del transportador o el agente de carga, según corresponda. Para el caso de la exportación de mercancía, se entenderá que inició el trámite con el diligenciamiento y aceptación de la Solicitud de Autorización de Embarque a través de los Servicios Informáticos Electrónicos. La presentación y trámite de la declaración de corrección o de modificación de una declaración de importación o de exportación, se adelantará de conformidad con las disposiciones vigentes al momento en que se presentó y acepto la declaración que se está corrigiendo o modificando, o al momento de presentación y aceptación de la Solicitud de Autorización de Embarque según el caso. Las resoluciones de clasificación arancelaria que hayan sido emitidas con anterioridad a la vigencia del presente decreto, mantendrán su aplicabilidad mientras no cambien las condiciones bajo las cuales fueron expedidas o no hayan sido expresamente derogadas por otra.

Parágrafo

Cuando una operación aduanera se haya iniciado en vigencia de la normatividad anterior a la fecha en que entre a regir el presente decreto, el régimen de obligaciones, infracciones y sanciones aplicable, será el establecido en la norma vigente al momento de su inicio, sin perjuicio de la aplicación del principio de favorabilidad en materia sancionatoria.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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