Artículo único. Desde el 1º de marzo del corriente año las asignaciones mensuales del Adjunto Archivero y Mecanógrafos Taquígrafos del Departamento número 1 (Secretaria), y las de los Mecanógrafos Taquígrafos de las Secciones de Justicia y Flotillas del Ministerio de Guerra, serán las siguientes: Departamento. .número 1 (Secretaria) Adjunto Archivero $ 110 Mecanógrafos Taquígrafos $ 90 Secciones Flotillas y Justicia Mecanógrafos Taquígrafos, $ 80
Decreto 572 de 1934 →Vigente
Artículo 1
Decreto 572 de 1934 · Por el cual se fijan unas asignaciones en el Ministerio de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.