Naturaleza y funciones del Consejo Nacional de Cultura. De acuerdo con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 397 de 1997, el Consejo Nacional de Cultura, CNCU, es el órgano de asesoría y consulta del Ministerio de Cultura y del Gobierno nacional en materia cultural y la instancia superior de asesoría del Sistema Nacional de Cultura y ejercerá las siguientes funciones:
Promover y hacer las recomendaciones que sean pertinentes para el cumplimiento de los planes, políticas y programas relacionados con la cultura.
Sugerir al Gobierno Nacional las medidas adecuadas para la protección del patrimonio cultural de la Nación y el estímulo y el fomento de la cultura y las artes.
Conceptuar sobre los aspectos que le solicite el Gobierno Nacional en materia de cultura.
Asesorar el diseño, la formulación e implementación del Plan Nacional de Cultura.
Vigilar la ejecución del gasto público invertido en cultura.
(Decreto 1782 de 2003, artículo 1°).