° . Las retenciones en la fuente previstas en el artículo 1 del Decreto 408 de 1995, rigen para los pagos o abonos en cuenta realizados a partir del 1 de mayo de 1995.
Decreto 519 de 1995 →Vigente
Artículo 2
Decreto 519 de 1995 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 408 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.