Micelio

Artículo 1

Ley 11 de 1951 · Sobre crédito hipotecario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTÍCULO 1° El inciso del artículo 17 de la Ley 57 de 1931 quedará así:

El conjunto de las obligaciones pasivas de los Bancos Hipotecarios no podrá exceder en ningún tiempo de 15 veces el importe de su capital pagado y reservas, ambos saneados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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