ARTICULO 27 . Manejo de los Recursos de Cofinanciación. - Los Fondos de Cofinanciación para la Inversión Social - FIS y para la Inversión Rural - DRI, así como FINDETER en relación con el Fondo de Cofinanciación para la Infraestructura Vial y Urbana, manejarán los recursos del Sistema de Cofinanciación mediante contratos de carácter fiduciario. Sin embargo, FINDETER podrá también manejar directamente los recursos del Fondo de Cofinanciación para la Infraestructura Vial y Urbana. Con cargo a los recursos manejados fiduciariamente, podrá contratarse personal para el funcionamiento técnico y administrativo del respectivo Fondo.
Decreto 2132 de 1992 →Vigente
Artículo 27
Decreto 2132 de 1992 · por el cual se reestructuran y se fusionan entidades y dependencias de la administración nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 27 del decreto 2132 de 1992, quedará así) por decreto 2150/95 modificado por decreto 2150/95
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.