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Artículo 14

La Sección De Personal Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Realizar Estudios Sobre Necesidades De Personal Administrativo, Científico, Técnico V Auxiliar Para La Superintendencia

Decreto 1631 de 1961 · Por el cual se aprueba la Resolución número 588, del 17 de junio del mismo año, originaria de la Superintendencia de Sociedades Anónimas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Sección de Personal tendrá las siguientes funciones

a)

Realizar estudios sobre necesidades de personal administrativo, científico, técnico v auxiliar para la Superintendencia.

b)

Elaborar y presentar proyectos de programas de reclutamiento, a largo o corto plazo, con miras a satisfacer dichas necesidades.

c)

Reclutar el personal de la Superintendencia.

d)

Organizar en colaboración con la Escuela Superior de Administración Pública y de acuerdo con el Departamento Administrativo del Servicio Civil, mediante contratos o arreglos con otros centros docentes, los programas de adiestramiento de personal reclutado y de personal en servicio, tanto en el campo administrativo como en el técnico.

e)

Postular ante la Comisión de Personal respectiva los candidatos para los ascensos según los reglamentos.

f)

Adelantar estudios de clasificación de cargos clasificación y remuneración de empleados de la Superintendencia. h) Estudiar sistemas y escalas de remuneración en otras entidades, para compararlas con las existentes en la Superintendencia para los cargos con funciones similares. i) Asistir al Director Administrativo en la elaboración del reglamento de trabajo y demás reglamentos de personal, y una vez aprobados, darles la debida publicidad. j) Revisar, si fuere necesario, las funciones del personal, y adelantar una nueva evaluación y clasificación de los cargos cuando se modifique la estructura de algunas dependencias de la Superintendencia. k) Controlar el cumplimiento de los reglamentos de personal en todas las dependencias de la Superintendencia. l) Tener al día los registros de personal, tajes como tarjetas individuales y el archivo de hojas de vida. m) Expedir constancias sobre los antecedentes del personal y demás certificados del caso, de acuerdo con la respectiva reglamentación. n) Controlar la puntualidad y las ausencias del personal; tabular periódicamente, de acuerdo con el reglamento, las tarjetas de control e informar al Director Administrativo de las novedades acaecidas. o) Asistir al Director Administrativo en la planeación de las estadísticas de personal, en coordinación con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística. p) Controlar y registrar las licencias y permisos otorgados, de acuerdo con el plan establecido por los reglamentos administrativos. q) Informar al Director Administrativo y a la Pagaduría sobre las novedades de personal, tales como nombramientos, traslados, insubsistencias, vacaciones, licencias y retardos. r) Avisar con anticipación necesaria a los Jefes respectivos y a los funcionarios las fechas en que debe hacer uso de vacaciones. s) Elaborar los proyectos de resolución en todo lo relacionado con personal, como vacaciones, licencias y comisiones.

Parágrafo

La Sección de Personal cumplirá sus funciones de acuerdo con las normas que dicten el Departamento Administrativo del Servicio Civil y la Comisión de Reclutamiento, Ascensos y Disciplina. Sección de Presupuesto y Contabilidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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