Micelio

Artículo 1.2.1.3.2

Personas Jurídicas De Derecho Privado

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Personas jurídicas de derecho privado. Para efectos del presente Decreto, se denomina persona jurídica de derecho privado cualquier persona jurídica constituida con arreglo a la ley civil o comercial, cualquiera que sea la denominación u organización que adopte, que tenga dentro de su objeto social y acredite experiencia relacionada con la formulación y estructuración de proyectos de inversión y experiencia específica sobre el tipo de proyecto objeto de formulación y estructuración, con cargo a cualquier fuente de financiamiento de carácter público, privado o de cooperación.

Parágrafo

La experiencia relacionada con la formulación y estructuración de proyectos de inversión debe corresponder a un período no inferior a cinco (5) años y debe acreditarse con certificaciones expedidas por la autoridad o entidad que contrató o recibió a satisfacción la formulación y estructuración de los proyectos y que esté reportada en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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