El pago de las vacaciones en dinero solo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate del Comisario o de funcionarios de manejo, cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio.
Decreto 855 de 1983 →Vigente
Artículo 22
El Pago De Las Vacaciones En Dinero Solo Podrá Hacerse En Caso De Retiro Del Empleado O Cuando Se Trate Del Comisario O De Funcionarios De Manejo, Cuyo Retiro Temporal Trastorne La Normal Prestación Del Servicio
Decreto 855 de 1983 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 002 del 22 de diciembre de 1982, expedido por el Consejo Comisarial del Guainía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.