Las Administraciones de Hacienda enviarán a la Tesorería General de la República, por el último correo de cada mes, un computo de las entradas probables y de los gastos que tengan que cubrir en el mes siguiente, y le darán, además, aviso telegráfico de los totales de ese computo.
Decreto 814 de 1915 →Vigente
Artículo 11
Las Administraciones De Hacienda Enviarán A La Tesorería General De La República, Por El Último Correo De Cada Mes, Un Computo De Las Entradas Probables Y De Los Gastos Que Tengan Que Cubrir En El Mes Siguiente, Y Le Darán, Además, Aviso Telegráfico De Los Totales De Ese Computo
Decreto 814 de 1915 · Por el cual se reglamenta la autorización de gastos y se organiza el servicio de Tesorería
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.