Micelio

Artículo 649

Decreto 2626 de 1994 · por el cual se expide la compilación de las disposiciones constitucionales y legales vigentes para la organización y el funcionamiento de los municipios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- ATRIBUCIONES BASICAS DE LA JUNTA METROPOLITANA. La Junta Metropolitana tendrá las siguientes atribuciones básicas: A. PLANEACION. Adoptar el Plan Integral de desarrollo Metropolitano, así como dictar, a iniciativa del Gerente y con sujeción a la Ley Orgánica de Planeación si ya hubiese sido expedida, las normas obligatoriamente generales, y señalar en ellas los objetivos y criterios a los que deban sujetarse los Concejos Municipales para los siguientes efectos

1.

Adoptar el Plan Integral de Desarrollo Municipal, de conformidad con la Ley Orgánica de Planeación. El Plan Integral de Desarrollo Metropolitano en cuanto se refiere a los hechos Metropolitanos, prevalecerá sobre los planes que adopten los Municipios que integran el Area.

2.

Dictar normas sobre uso del suelo urbano y rural en el municipio y definir los mecanismos necesarios que aseguren su cabal cumplimiento.

3.

Adoptar el plan vial y los planes maestros de servicios y de obras de carácter municipal.

4.

Fijar el perímetro urbano, suburbano y sanitario del municipio. B. OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA. 1. Declarar de utilidad pública o de interés social aquellos inmuebles urbanos, suburbanos y rurales necesarios para desarrollar las necesidades previstas en el Plan Integral de Desarrollo Metropolitano, así como iniciar los procesos de expropiación de conformidad con las normas pertinentes. 2. Afectar aquellos inmuebles que sean necesarios para la realización de una obra pública contemplada en el Plan Integral de Desarrollo Metropolitano. 3. Coordinar en su respectivo territorio el sistema nacional de vivienda de interés social, de conformidad con lo previsto en los artículos 4o y 17o de la Ley 3a. de 1991. C. RECURSOS NATURALES Y MANEJO Y CONSERVACION DEL AMBIENTE. Adoptar, si no existen Corporaciones autónomas regionales en la totalidad de su jurisdicción, un plan metropolitano para la protección de los recursos naturales y defensa del ambiente, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. D. PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS. 1. Determinar cuáles servicios son de carácter metropolitano y adoptar las medidas necesarias para su adecuada prestación. 2. Autorizar la participación del Area Metropolitana en la constitución de entidades públicas o privadas destinadas a la prestación de servicios públicos. 3. Las demás que en materia de servicios públicos le asigne la Ley o los estatutos. E. VALORIZACION 1. Dictar el Estatuto General de Valorización Metropolitana para establecer, distribuir, ejecutar, recaudar, liquidar e invertir las contribuciones de valorización generadas por las obras de carácter metropolitano y definir las autoridades metropolitanas encargadas de su aplicación de acuerdo con la ley. 2. Disponer la ejecución de las obras de carácter metropolitano. F. DE ORDEN FISCAL. 1. Formular recomendaciones en materia de política fiscal y financiera a los municipios integrantes del Area, procurando en especial la unificación de las tarifas de los impuestos locales. 2. Fijar políticas y criterios para la unificación y manejo integral del sistema de catastro. 3. Aprobar el Plan de Inversiones y Presupuesto anual de Rentas y Gastos del Area. F. DE ORDEN FISCAL. 1. Formular recomendaciones en materia de política fiscal y financiera a los municipios integrantes del Area, procurando en especial la unificación de las tarifas de los impuestos locales. 2. Fijar políticas y criterios para la unificación y manejo integral del sistema de catastro. 3. Aprobar el Plan de Inversiones y Presupuesto anual de Rentas y Gastos del Area. G. DE ORDEN ADMINISTRATIVO. 1. En concordancia con la ley fijar los límites, naturaleza y cuantía dentro de los cuales el Gerente puede celebrar contratos, así como señalar los casos en que requiere obtener autorización previa de la Junta para el ejercicio de esta facultad. 2. Autorizar al Gerente para negociar empréstitos, contratos de fiducia pública y la ejecución de obras por el sistema de concesión según la ley. 3. Modificar los estatutos del Area Metropolitana. 4. Aprobar la planta de personal de los empleados al servicio del Area Metropolitana, así como las escalas de remuneración correspondientes.

5.

Las demás que le asigne la ley (Ley 128 de 1994, art. 14).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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