Micelio

Artículo 80

Los Pobres De Solemnidad No Están Obligados A Hacer Uso En Sus Gestiones Judiciales Del Papel Sellado Ni De Estampillas, Después Se Obtenida La Declaración De Tal Calidad

Decreto 894 de 1915 · Orgánico del impuesto de papel sellado y timbre nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los pobres de solemnidad no están obligados a hacer uso en sus gestiones judiciales del papel sellado ni de estampillas, después se obtenida la declaración de tal calidad. La actuación conducente a alcanzar dicha declaración se extenderá en papel común, siempre y cuando que no tenga otro objeto y que se siga breve y sumariamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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