Sustitúyase el artículo 48 de la Ley 84 de 1989 el cual quedará así:
Artículo 48. Principios del proceso verbal de maltrato animal . Son principios del procedimiento: la oralidad, la gratuidad, la inmediatez, la oportunidad, la celeridad, la eficacia, la transparencia, la contradicción, la economía procesal, la inmediación y la buena fe.