El tanto por ciento que a la Nación corresponda en la explotación de los yacimientos de hidrocarburos que existieren en los terrenos a que el artículo anterior se refiere, se destinará exclusivamente a la construcción del ramal c) antes índicado, o a constituír la garantía de los empréstitos que la Nación consiga con el mismo fin, sin perjuicio de que se pueda aplicar a la misma obra otro de los recursos que la Nación obtenga con destino a las vías férreas nacionales.
Ley 110 de 1922 →Vigente
Artículo 3
Ley 110 de 1922 · por la cual se hacen unas concesiones al Departamento de Nariño y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.