Micelio

Artículo 3

Ley 110 de 1922 · por la cual se hacen unas concesiones al Departamento de Nariño y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El tanto por ciento que a la Nación corresponda en la explotación de los yacimientos de hidrocarburos que existieren en los terrenos a que el artículo anterior se refiere, se destinará exclusivamente a la construcción del ramal c) antes índicado, o a constituír la garantía de los empréstitos que la Nación consiga con el mismo fin, sin perjuicio de que se pueda aplicar a la misma obra otro de los recursos que la Nación obtenga con destino a las vías férreas nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 110 de 1922