Micelio

Artículo 34

Implementación De Los Diseños De Las Voladuras

Decreto 539 de 2022 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Implementación de los diseños de las voladuras . Las voladuras deben efectuarse teniendo en cuenta el diseño y la malla o red de perforación y voladura, establecida en el Programa de Trabajos e Inversiones (P.T.I) o el Programa de Trabajos y Obras (P.T.O) o demás documentos técnicos aprobados por la autoridad minera y avalado por el DCCA, el cual define la distancia entre barrenos, el número de barrenos, el diámetro y la profundidad de carga específica, espesor y tipo de explosivos a utilizar, además las proyecciones y vibraciones que se generen, garantizando que no se afecte la infraestructura, viviendas y vías de acceso aledañas al proyecto minero.

Parágrafo 1

En lo posible y por razones de seguridad se debe establecer una hora habitual para las voladuras correspondientes.

Parágrafo 2

En operaciones de minería a cielo abierto, el operador de explosivos designado para iniciar el explosor sólo puede efectuar la detonación (disparo o voladura), una vez haya avisado mediante un sistema de alarma tres (3) minutos antes de la detonación de las cargas explosivas; también debe haber un intervalo de treinta (30) segundos entre el último aviso y la acción de la detonación de las cargas explosivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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