Micelio

Artículo 3

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 554 de 2017 · por el cual se modifican los artículos 2.2.1.40, 2.10.1.10, 2.10.1.16, 2.10.2.1.3, 2.10.2.5.1, 2.10.5.1.5 y 2.10.5.1.8 del Decreto 1080 de 2015 en lo referente a elección de representantes; cortometrajes nacionales; recaudo de contribución parafiscal; Comité de Clasificación de Películas y Festivales o Muestras de Cine.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 2.10.1.10 del Decreto 1080 de 2015, el cual quedará así: “ Artículo 2.10.1.10. Cortometraje nacional. Se considera producción o coproducción nacional de cortometraje la que, reuniendo porcentajes de participación económica, artística y técnica colombianos iguales a los previstos en cada caso por los artículos 43 y 44 de la Ley 397 de 1997, tenga una duración inferior a 70 minutos en pantalla de cine o inferior a 52 minutos para otros medios de exhibición. La duración mínima de los cortometrajes nacionales es de 7 minutos de conformidad con el artículo 3° de la Ley 814 de 2003”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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