Micelio

Artículo 4

º

Decreto 349 de 1996 · por el cual se deroga el decreto 704 de 1993, se modifica el decreto 1332 de 1989 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De la explotación asociada o acumulada de eventos. Para la realización de eventos bajo las modalidades de acumulación individual o conjunta se podrá sumar hasta la totalidad de las emisiones, montos de emisión y planes de premios individuales, de cada evento dejado de jugar. La sumatoria resultante podrá ser incrementada hasta en un cinco por ciento (5%) por cada evento o derecho acumulado o asociado. La modalidad que se adopte deberá ser por un período no inferior a un año. Si se presentare la necesidad de variar tales condiciones, se procederá de acuerdo con el

Parágrafo

del artículo 1º del Decreto 1332 de 1989.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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