° Concédese un auxilio a la Oficina General de Fomento y Turismo de Manizales, por una sola vez, hasta por la cantidad que se recaude por concepto de los impuestos nacionales vigentes sobre los espectáculos públicos que se organicen y realicen por la citada Oficina, o que, en general, se efectúen durante los días de la Cuarta Feria Anual de Manizales, en esta ciudad. Este auxilio se concede con destino a financiar los gastos que demande la organización de dicha feria.
Decreto 369 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Concédese Un Auxilio A La Oficina General De Fomento Y Turismo De Manizales, Por Una Sola Vez, Hasta Por La Cantidad Que Se Recaude Por Concepto De Los Impuestos Nacionales Vigentes Sobre Los Espectáculos Públicos Que Se Organicen Y Realicen Por La Citada Oficina, O Que, En General, Se Efectúen Durante Los Días De La Cuarta Feria Anual De Manizales, En Esta Ciudad
Decreto 369 de 1957 · Por el cual se otorga un auxilio a la 4° Feria Anual de Manizales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.