Micelio

Artículo 63

Ley 1169 de 2007 · por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los recursos provenientes de saldos apropiados y no comprometidos del Fondo Nacional de Regalías, FNR, correspondientes a vigencias fiscales anteriores, podrán financiar proyectos de inversión en infraestructura vial territorial, incorporados en el presupuesto del Instituto Nacional de Vías, Invías, y contemplados en los planes de desarrollo de las respectivas entidades territoriales.

Para dar cumplimiento a lo anterior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, administrador del portafolio del Fondo Nacional de Regalías, situará estos recursos, previa solicitud del Instituto Nacional de Vías, y al Fondo Nacional de Regalías únicamente le corresponderá realizar los ajustes contables a que haya lugar.

Parágrafo

De estos recursos, se apropiará, en el presupuesto del Fondo Nacional de Regalías, la suma de $120.000 millones que se destinará a la financiación de proyectos de inversión en infraestructura vial territorial.

En la asignación de estos recursos se consultará entre otros criterios los de sostenibilidad, competitividad y equidad regional. La entidad viabilizadora de los proyectos será el Invías.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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